Sí se puede comprar desde Nueva York, Madrid o Boston sin montarse en un avión. Lo que hace segura la compra no es la distancia, es el orden: verificar la propiedad, pagar a la cuenta correcta y firmar con un abogado propio.
- No necesita residencia ni socio local. El título queda a su nombre.
- Antes de reservar, pida la certificación de estado jurídico del inmueble.
- Pague siempre por transferencia a la cuenta que dice el contrato.
- Si no viaja, firma con un poder especial apostillado.
- Presupueste entre 4 % y 5 % adicional para el cierre.
1. Defina para qué compra
La propiedad correcta depende del objetivo. No se elige igual un apartamento para vivir al retirarse que uno para alquilar o uno para revender a la entrega.
- Para vivir o para la familia: manda la zona, la seguridad, las escuelas y el acceso.
- Para alquilar a largo plazo: manda la demanda de inquilinos en el sector y el costo de mantenimiento.
- Para renta corta tipo Airbnb: confirme primero que el reglamento del condominio la permite. Muchos edificios de Santo Domingo la prohíben.
- Para inversión en planos: manda el desarrollador, el plan de pago y la fecha de entrega.
2. Elija un asesor que responda por escrito
Desde lejos usted depende de lo que le mandan. Exija precios, planos, plan de pago y disponibilidad por escrito, y una videollamada recorriendo la propiedad o el proyecto. Un asesor de una red como REMAX trabaja con contrato y con oficina física, y a usted la asesoría no le cuesta: la comisión la paga quien vende.
3. Verifique la propiedad antes de reservar
Este es el paso que más se salta y el que más problemas evita.
Si es reventa
- Certificación de estado jurídico del Registro de Títulos: confirma quién es el dueño y si hay hipotecas, embargos u oposiciones.
- Certificado de título a nombre del vendedor y con deslinde.
- IPI al día en la DGII y mantenimiento del condominio sin deudas.
Si es un proyecto en planos
- Licencia de construcción y planos aprobados.
- Trayectoria del desarrollador: qué ha entregado y a tiempo.
- Si el proyecto está en fideicomiso, mejor: el dinero lo administra una fiduciaria. Es un plus, no un requisito.
4. Reserve y firme con un abogado propio
La reserva separa la unidad. En los proyectos con los que trabajamos, la reserva y la firma se descuentan del inicial; no son pagos aparte. Después se firma el contrato de promesa de venta, que fija precio, plan de pago, fecha de entrega y qué pasa si alguien incumple.
Ese contrato suele redactarlo el vendedor. Que lo revise un abogado que trabaje para usted, sobre todo las cláusulas de retraso en la entrega, penalidades y devolución de dinero.
5. Pague de forma que quede rastro
- Transferencia bancaria a la cuenta de la constructora, la fiduciaria o el vendedor que figura en el contrato.
- Nunca efectivo y nunca a la cuenta personal de un agente.
- Guarde cada comprobante y pida recibo por cada pago.
6. Firme a distancia con un poder especial
Si no puede viajar al cierre, otorgue un poder especial ante notario en su país, a favor de un familiar o de su abogado. Para que valga en República Dominicana debe estar apostillado (si su país es parte del Convenio de La Haya, como Estados Unidos o España) o legalizado en el consulado dominicano. El poder debe describir la propiedad y lo que el apoderado puede firmar.
7. Financiamiento desde el exterior
Los bancos dominicanos financian a dominicanos que viven fuera. Piden comprobar ingresos (cartas de trabajo, declaraciones de impuestos, estados de cuenta) y prestan una parte del valor. En proyectos en planos, el préstamo se usa para el pago contra entrega, así que se tramita cerca de la fecha de entrega. Empiece a reunir documentos con meses de anticipación.
8. Cierre y registro
Con el pago completo se firma el contrato definitivo de venta, se paga el impuesto de transferencia y el abogado deposita todo en el Registro de Títulos, que emite el nuevo certificado a su nombre. Los costos del cierre están detallados en nuestra guía de gastos de cierre e impuestos.
Preguntas frecuentes
Puedo comprar en República Dominicana sin residencia?
Sí. Un dominicano en el exterior o un extranjero puede comprar sin residencia, sin visado especial y sin socio local. El título queda a su nombre igual que el de un residente.
Tengo que viajar para firmar?
No es obligatorio. Puede firmar mediante un poder especial otorgado ante notario en su país, apostillado o legalizado en el consulado dominicano, a favor de una persona de su confianza o de su abogado.
A quién le pago la reserva?
Siempre por transferencia bancaria a la cuenta de la constructora, de la fiduciaria o del vendedor que figura en el contrato. Nunca en efectivo ni a la cuenta personal de un agente.
Los bancos dominicanos financian a quien vive fuera?
Sí. Los bancos locales tienen productos para dominicanos en el exterior. Piden demostrar ingresos y financian una parte del valor; el resto lo aporta el comprador.
Cuánto cuesta cerrar la compra?
Como referencia, entre 4 % y 5 % del valor: el 3 % del impuesto de transferencia, los honorarios del abogado y las tasas del Registro de Títulos. En proyectos CONFOTUR o de bajo costo el impuesto puede no aplicar.
Este artículo es orientativo y no sustituye la revisión de un abogado. Las cifras de impuestos y montos oficiales se revisaron el 21 de octubre de 2026; la DGII los ajusta cada año.